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CADUCIDAD DE INSTANCIA-FACULTADES DEL SINDICO DEL CONCURSO-LEGITIMACION ACTIVA

CADUCIDAD DE INSTANCIA-FACULTADES DEL SINDICO DEL CONCURSO-LEGITIMACION ACTIVA


Texto
De conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el caso "Baumwohlspiner de Pilevski, Nélida s/quiebra" -10.04.07-, en cuanto juzgó que el síndico carece de legitimación para actuar respecto de bienes que no han sido objeto de desapoderamiento por encontrarse excluidos por leyes especiales, corresponde rechazar el incidente de perención de instancia planteado por el síndico, que tramita como incidente planteado dentro de la cuestión incidental principal, que trata precisamente sobra la desafectación de un bien de familia en una quiebra, pues si el síndico no tenía legitimación para actuar en el incidente principal, queda descartado que sea posible reconocérsela para solicitar la perención de instancia accesoria de aquel.
Fuente : SAIJ
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMINIST.. SAN FRANCISCO, CORDOBA. [Sumarios relacionados][Ver fallo completo]
(Perrachione - Griboff De Imahorn)
Gsponer Ricardo Ernesto s/ Quiebra Pedida
SENTENCIA del 12 de Marzo de 2013

JUICIO DE ALIMENTOS-CUOTA ALIMENTARIA:ALCANCES-ALIMENTOS EXTRAORDINARIOS-GASTOS MEDICOS

JUICIO DE ALIMENTOS-CUOTA ALIMENTARIA:ALCANCES-ALIMENTOS EXTRAORDINARIOS-GASTOS MEDICOS


Texto
La obligación alimentaria no sólo comprende los gastos ordinarios que corresponden a los conceptos que enuncia el art. 372 del Código Civil, sino también los extraordinarios, como los derivados de tratamientos médicos especiales. La necesidad del menor de realizar tratamientos, estudios, profilaxis y administración de medicamentos de forma constante, se encuentra suficientemente acreditada y por tal motivo se considera razonable fijar en definitiva la cuota alimentaria en un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), incluída la parte proporcional del SAC, lo que conformaría una base razonable para satisfacer los gastos del menor, tanto corrientes como extraordinarios, dentro de un marco de austeridad acorde a los tiempos que se vive, fundamentalmente por las posibilidades de las partes, y por las otras cargas de familia que soporta el progenitor, con una esposa y dos hijos.
Ref. Normativas : 
Código Civil Art.372
Fuente : SAIJ
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. SAN SALVADOR DE JUJUY, JUJUY. [Sumarios relacionados] [Traer Fallo Completo]
(Dr. Meyer - Dr. Sergio M. Cau Loureyro)
M. E. S. c/ G., A. P. F. s/ SUMARÍSIMO POR ALIMENTOS
SENTENCIA del 14 de Marzo de 2013

INJURIAS GRAVES:ALCANCES

INJURIAS GRAVES:ALCANCES


Texto
Además de resaltar la marcada falla lógica que muestra el razonamiento del cónyuge demandado por injurias graves, quien -al tiempo que niega todo maltrato físico o verbal hacia su esposa- pretende que se lo evalúe conforme al contexto familiar, social y cultural y se considere que se trata de una persona dedicada a las tareas rurales y de cierta rudeza, cabe destacar que ello en absoluto justifica, ni jamás podría hacerlo, que se deban tolerar agresiones, ofensas y, mucho menos, violencia física.
Fuente : SAIJ
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COM. Y CONTENC. ADM. 1RA. NOM.. RIO CUARTO, CORDOBA. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Mola - Taddei - Ordóñez)
F, N P c/ B, H H - D V s/ CONTENCIOSO
SENTENCIA del 14 de Marzo de 2013

INJURIAS GRAVES:CONCEPTO

INJURIAS GRAVES:CONCEPTO


Texto
Las injurias graves son aquellas conductas -palabras, actitudes o hechos- que, valoradas en función del contexto familiar, social y cultural, se traducen en una ofensa a las justas susceptibilidades del otro cónyuge y hacen imposible la continuidad de la vida matrimonial.
Fuente : SAIJ
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COM. Y CONTENC. ADM. 1RA. NOM.. RIO CUARTO, CORDOBA. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Mola - Taddei - Ordóñez)
F, N P c/ B, H H - D V s/ CONTENCIOSO
SENTENCIA del 14 de Marzo de 2013

CAMBIO DE NOMBRE-COMPETENCIA

CAMBIO DE NOMBRE-COMPETENCIA


Texto
Surgiendo en forma expresa de lo establecido en el art. 16 de la ley 18.248 la competencia del juez de primera instancia del lugar en que se encuentra la inscripción original que se pretende rectificar, modificar o cambiar, o el del domicilio del interesado, corresponde declarar la incompetencia del Tribunal de Familia para seguir entendiendo en la presente causa, en conformidad a lo prescripto por el apartado segundo del art. 25 del Cód. Proc. Civil, toda vez que los planteos sobre competencia, y cuando se encuentra comprometido el orden público, deben ser resueltos aún de oficio por el juez en cualquier estado del proceso, ya que en este supuesto la competencia es absoluta y no puede ser prorrogada por las partes.
Fuente : SAIJ
TRIBUNAL DE FAMILIA. SAN SALVADOR DE JUJUY, JUJUY. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
Sala 02 (Beatriz Josefina Gutiérrez - Mirta Beatriz Chagra)
CH. Z., T. E. C.; CH. Z., N. J.; CH., E. S. c/ CH., V. H. s/ Supresión de Apellido Paterno
SENTENCIA del 18 de Marzo de 2013

FERTILIZACION ASISTIDA-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL

FERTILIZACION ASISTIDA-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL


Texto
Cabe admitir el recurso extraordinario federal tendiente a obtener la cobertura de un tratamiento de fertilización asistida, pues sin perjuicio de que la resolución impugnada no resultaría sentencia definitiva al disponer el reenvío de la causa al tribunal subrogante, se advierte que la cuestión federal se vincula con la protección del derecho a la salud y el derecho a constituir una familia, y su denegación podría generar una respuesta jurisdiccional tardía considerando la edad de los actores, erigiéndose así en un gravamen irreparable, máxime teniendo en cuenta la decisión adoptada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la causa "Artavia Murillo y otros- Fecundación in vitro- vs. Costa Rica", en el que se sostuvo que el acceso a técnicas de reproducción asistida forma parte del ámbito de los derechos a la integridad personal, libertad personal, y a la vida privada y familiar (del voto del Dr. Netri).
Fuente : SAIJ
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SANTA FE, SANTA FE. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Gastaldi Erbetta -Falistocco - Gutiérrez - Netri - Spuler)
M.M.A y otros c/ I.A.P.O.S. y otros s/ recurso de inconstitucionalidad
SENTENCIA del 19 de Marzo de 2013

DAÑOS Y PERJUICIOS-MEDIANERIA

DAÑOS Y PERJUICIOS-MEDIANERIA


Texto
Cabe rechazar el reclamo por los daños y perjuicios ocasionados en una vivienda familiar, por supuestas filtraciones provenientes del inmueble colindante, propiedad de la demandada, pues no se encuentra acreditado el vicio o defecto de la propiedad de la accionada con idoneidad para haber ocasionado los daños cuyo resarcimiento se reclaman, pues el hecho de que la pared del patio de la demandada, colindante con el sector de la vivienda de los actores que presenta deterioros, tenga sólo revoque grueso, no resulta suficiente para ello, ya que al no considerarse medianeras las paredes o muros que dividen patios, no rigen las obligaciones emergentes de la medianería, gravitando entonces la circunstancia de que el propio inmueble afectado no haya tenido capa aisladora horizontal ni ninguna protección hidrófuga.
Fuente : SAIJ
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COM. Y CONTENC. ADM. 1RA. NOM.. RIO CUARTO, CORDOBA. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Julio Benjamín Avalos - Eduardo Héctor Cenzano - Rosana A. de Souza)
Tieppo Eldo Albano Y Otro c/ Zingaretti De Rossi Marta A. s/ Abreviado
SENTENCIA del 19 de Junio de 2013